Información legal

¿Encontraste a un niño solo o sin cuidado familiar?

Esta guía explica, paso a paso, cómo debe actuar cualquier persona que encuentre a un niño, niña o adolescente solo, perdido o sin el cuidado de sus padres. El objetivo es que el niño quede protegido y que su situación se resuelva por la vía legal.

Importante: hacerse cargo de un niño "por cuenta propia", quedárselo o entregarlo a un tercero sin pasar por las autoridades no tiene validez legal y deja al niño desprotegido. La ley exige que intervenga el Consejo de Protección.

Diagrama de flujo

Paso 1 · Garantiza su seguridad inmediata

Aléjalo de cualquier peligro, procura que reciba auxilio o atención médica si lo necesita y permanece con él en un lugar seguro mientras avisas a las autoridades. No lo dejes solo ni expuesto a nuevos riesgos.

Paso 2 · Avisa a las autoridades más cercanas

Si hay una emergencia o el niño está en peligro, llama al 911. También puedes acudir a la autoridad más próxima disponible —policía, bomberos o Protección Civil—. Ellos brindan la primera respuesta y pueden ayudarte a contactar al órgano competente.

Paso 3 · Reporta el caso al Consejo de Protección

Informa y, de ser posible, traslada al niño ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (CPNNA) de tu municipio lo antes posible. Es el órgano administrativo encargado de estos casos y funciona en cada alcaldía. Puedes acudir personalmente o comunicarte con él.

Paso 4 · Deja que el Consejo de Protección conduzca el caso

Desde que recibe el reporte, el CPNNA asume formalmente la conducción. Puede dictar medidas de protección inmediatas (incluido abrigo por hasta 30 días), activar la búsqueda de la familia, coordinar atención médica y psicológica, y remitir al Tribunal de Protección cuando corresponda.

Paso 5 · No improvises ni te quedes con el niño de forma informal

Aunque tu intención sea buena, no puedes quedarte con el niño, 'adoptarlo' de palabra ni entregarlo a otra persona sin autorización. Solo el CPNNA —y, en su caso, el Tribunal de Protección— puede decidir con quién y cómo queda el niño. Tampoco difundas sus datos o fotografías sin necesidad.

¿A quién puedes reportar?

Emergencias911
Consejo de Protección (CPNNA)Ubícalo en tu alcaldía
Cuerpos de seguridad / policía / CICPCSi el niño está perdido
Caracas - Circuito Judicial de Protección0412-811-6878 / 0412-543-3655

Verifica siempre el contacto vigente del Consejo de Protección de tu localidad.

Por qué la vía formal protege al niño

La LOPNNA establece un camino claro para los niños que quedan sin cuidado familiar:

  • Abrigo (art. 127): medida urgente de ubicación temporal y de emergencia por un máximo de 30 días.
  • Colocación familiar (arts. 128 y 396): solo puede dictarla un Tribunal de Protección.
  • Familia sustituta (art. 394): únicamente se constituye por decisión judicial.

Este procedimiento garantiza que primero se busque a la familia del niño y que su cuidado quede respaldado legalmente.

Aviso: Este contenido tiene fines informativos y orientativos; no constituye asesoría legal ni sustituye la orientación de las autoridades competentes o de un abogado. Ante cualquier duda, acude directamente al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de tu municipio.